Pensión de Alimentos

Jan 18, 2018 ARTÍCULOS
Legal Divorcio

El progenitor al que no se le ha otorgado la guarda y custodia de los hijos tras mediar una situación de separación o divorcio tendrá la obligación de hacer frente a una pensión de alimentos. La razón de dicha obligación reside en que sigue siendo responsable del cuidado de sus hijos y, por lo tanto, debe contribuir a los gastos que el desarrollo integral y crecimiento de estos generan, aunque la convivencia habitual con ellos haya cesado.

Existen dos maneras de establecer la obligación y la cuantía de la pensión de alimentos:

  • Por un lado, es posible que los padres de mutuo acuerdo fijen la cantidad necesaria para hacer frente a la contribución de los gastos y el juez, tras examinar que es adecuada, la ratifique.

  • Por otro lado, si no se da una concurrencia de voluntades de los progenitores respecto a este extremo, será el juez, quien tras haber realizado un análisis exhaustivo, deba decidir, siempre teniendo en cuenta los documentos aportados por las partes y la opinión del Ministerio Fiscal sobre el asunto. En este sentido, la pensión alimenticia que fije el juez atenderá a las necesidades de los hijos, aunque tendrá que guardar proporcionalidad con las posibilidades de que pague el progenitor deudor.

Además, otro aspecto importante que ha de quedar claro en la sentencia judicial es el relativo al reparto de los gastos extraordinarios de los hijos entre los progenitores.

Por otra parte, conviene destacar que la obligación de prestar la pensión de alimentos a los hijos no tiene por qué cesar con la llegada de la mayoría de edad de éstos, sino que mientras no gocen de independencia económica y sigan formándose es posible que continúe.

Por nuestra parte, recordarle que desde LEGAL DIVORCIO, nos ponemos a su disposición para asesorarle en caso de que la parte obligada a prestar una pensión de alimentos no cumpla en tiempo y forma con la misma y quiera reclamar judicialmente.

Nuestros servicios

Divorcio Exprés Básico (sin hijos ni bienes) 120 € por cónyuge

En este caso no existen hijos ni bienes, por tanto nos encontramos ante el supuesto ideal a la hora de poder gestionar el divorcio on-line.
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Divorcio Exprés con Hijos 180 € por cónyuge


En este caso es fundamental que los cónyuges expresen la voluntad de disolver el matrimonio y regular las relaciones con sus hijos.
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Divorcio Exprés con Bienes 200 € por cónyuge


En este tipo de divorcios lo primero a definir es que los cónyuges tengan claro lo que quieren hacer con los bienes en común.
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Divorcio Exprés con Hijos y Bienes 220 € por cónyuge

En este caso se debe expresar claramente la voluntad de disolver el matrimonio y además se deben regular las relaciones con los hijos y el reparto del patrimonio.
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